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Bono 210 soles EsSalud: Como poder ser beneficiario, pasos y requisitos

Bono 210 soles EsSalud: ¿Por qué no registro como beneficiario si trabajo en una empresa del Sector Privado?

El Bono de S/210 para los trabajadores del sector privado empezó a pagarse desde el 21 de enero a aquellos beneficiarios que tengan cuenta en el BBVA. Este bono está dirigido a los trabajadores del sector formal cuyos ingresos no sobrepasen los S/2000. 

Este nuevo subsidio implica una inversión de 610 millones de soles y beneficiará a trabajadores del sector privado y público. Para la elaboración del padrón de beneficiarios se ha tomado en cuenta la planilla electrónica declarada por el empleador. 

El bono será administrado por el Seguro de Salud Social (EsSalud) informó el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE). Asimismo, resaltó que este monto no alterará el sueldo que percibe el trabajador y por ende los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones.

Algunos trabajadores del sector formal a pesar de cumplir con los requisitos requeridos del subsidio no han resultado beneficiarios del Bono 210 EsSalud. Algunas de las razones pueden ser:

  • El empleador no lo ha declarado en la planilla electrónica entre los meses de julio, agosto o septiembre. Si quieres conocer si figuras dentro de la planilla electrónica de tu empresa puedes consultarlo en la página web: Verifica tu chamba.
  • El padrón ha sido elaborado a partir de la información proporcionada en la planilla electrónica, en consecuencia las empresas que no se encuentren suscritas a este sistema quedan excluidas del beneficio. 
  • Aquellos trabajadores que tengan declarada en la planilla electrónica información errónea también han sido separados. Por ejemplo, si el empleador no ha consignado de manera correcta el número de DNI del trabajador, este no ha sido considerado dentro del padrón. 
  • Los trabajadores que hayan sido consignados en la relación laboral no activa de la planilla.
  • Que el trabajador haya sido colocado como locador o servicios de terceros, es decir perciben su pago con recibo por honorarios. 
  • Los trabajadores declarados como pensionistas o practicantes.
  • Si el sueldo declarado entre los meses de julio, agosto y septiembre es S/0.00.
  • Si ha sido considerado dentro del padrón de beneficiarios del sector público. Esto puede suceder en aquellos trabajadores que han sido declarados de manera simultánea en la planilla pública y privada.

El Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE) resaltó que los errores cometidos por el empleador al declarar la planilla electrónica quedan fuera de su responsabilidad como entidad estatal. 

Por último, se recuerda que aquellos trabajadores cuyas remuneraciones superen los S/2000 quedan excluidos automáticamente de la lista de beneficiarios.

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